viernes, 19 de diciembre de 2008

Corte negó retirar dos delitos a Guillermo Valencia Cossio


La Sala Penal del alto Tribunal declaró improcedente la apelación de la medida de aseguramiento que hiciera la defensa del ex director de Fiscalías de Medellín

POR NO ser pertinente en este estado del juicio, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró improcedente la solicitud de retirar del escrito de acusación dos delitos que le fueron imputados al ex director de Fiscalías de la capital antioqueña, Guillermo León Valencia Cossio.

La solicitud fue hecha por la fiscal delegada ante la Corte Suprema de Justicia, Ángela Buitrago, quien argumentó que la imputación de los cargos de utilización de asuntos sometidos a reserva y utilización indebida de información privilegiada fue hecha por fuera del escrito de acusación debido a un lapsus.

Buitrago, sin embargo, dejó en firme en el pliego de acusación las investigaciones por los delitos de concierto para delinquir agravado por nexos con grupos al margen de la ley, enriquecimiento ilícito, revelación de secretos y supresión, destrucción y ocultamiento de documento público agravado por favorecimiento, asesoramiento y otras actuaciones ilegales.

Esta propuesta fue controvertida por el procurador delegado Julio Ospino Gutiérrez y el abogado defensor de Valencia Cossio, Gabriel Salazar, quienes argumentaron que dicha solicitud sólo puede hacerse pidiendo la preclusión o absolución del procesado, pues en el Código de Procedimiento Penal no está establecida la figura de retirar del pliego de acusación los delitos que se deseen.

Después, la Corte Suprema argumentó que debido a que este es un juicio oral, la solicitud de retirar dos delitos por parte de la Fiscalía delegada debió hacerse en la audiencia de formulación de imputación.

De igual manera, el alto Tribunal declaró la improcedencia de la apelación de la medida de aseguramiento que hizo la defensa del ex director de Fiscalías de Medellín. Con esta solicitud, Gabriel Salazar buscaba que a su cliente se le otorgara la libertad provisional.

La alta Corte afirmó que por ser juez de conocimiento del caso no puede ser juez de control y garantía para acceder a la petición de libertad provisional. Por tal motivo, la Corte dejó en claro que el competente para conocer de dicha apelación es un magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.

Ante esta decisión, el defensor del procesado no interpuso el recurso de reposición y por tal motivo el hermano del Ministro del Interior y Justicia seguirá recluido en la cárcel La Picota.

La audiencia pública de juzgamiento había sido aplazada para el 19 de enero del próximo año, por propuesta que hiciera la defensa, quien argumentó que no contaba con el suficiente tiempo para ponerse al día con la sustentación de pruebas que desvirtuaran las acusaciones que hizo la fiscal delegada ante la Corte.

Al procesado se le investiga porque presuntamente habría favorecido a la organización comandada por Daniel Rendón Herrera, hermano del ex jefe paramilitar conocido con el alias de El Alemán y ex comandante del bloque Élmer Cárdenas de las autodefensas.

El escándalo de Valencia Cossio quedó al descubierto a partir de una interceptación telefónica al empresario Juan Felipe Sierra Fernández, en la que se descubrió que mantenía estrechas relaciones de amistad con la banda delincuencial.

Al parecer, el ex director de Fiscalías de Medellín compartía información reservada con Sierra, detenido por sus nexos con narcotraficantes, sobre asuntos relacionados con la justicia, particularmente con las investigaciones contra los grupos del narcotráfico y las autodefensas en la región de Urabá.

En particular, Guillermo Valencia Cossio habría posibilitado la exclusión de la lista de narcotraficantes al segundo al mando de la banda de alias Don Mario y por dicho favor habría recibido una cuatrimoto avaluada en 40 millones de pesos.


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