miércoles, 18 de marzo de 2009

Corte Suprema confirmó condena por secuestro y violación contra un hombre que se 'hizo el loco'


Donovan Hernán Mesa Forero luchó ocho años para que le anularan una condena de 11 años y medio, pero al final perdió.

Un juez lo había sentenciado por secuestrar y violar a una mujer en Cúcuta.

La Sala Penal de la Corte determinó en un fallo de casación, que este hombre fue "conciente de sus emociones, ideas y sentimientos" durante las ocho horas en las que obligó a su víctima, apuntándole con un revólver, a ingresar a un motel y accederla sexualmente.

El condenado, quien también debe cancelar 800 millones de multa para reparar los daños que causó, alegó siempre tener una personalidad afectada por manifestaciones psicóticas y sociopáticas que lo hacían un hombre amoral y antisocial, según lo reconoció un dictamen realizado por médicos forenses del instituto de Medicina Legal.

La Corte consideró en su sentencia que los rasgos de personalidad detectados en Mesa Forero no hacen parte de la clasificación internacional de enfermedades mentales avalados por el Ministerio de la Protección Social que permiten declarar a una persona como no responsable jurídicamente de sus actos, situación que se conoce con el término de inimputable.

El secuestró ocurrió a las 9 y 10 de la noche del 10 de diciembre del 2001. La víctima salió de su trabajo y en la Avenida los Libertadores de Cúcuta abordó un bus para regresar a su casa. Mesa estaba dentro del vehículo y al verla la abordó, la amenazó con un revólver, la empujo hacía la parte trasera y la obligó a bajarse con él.

Caminaron por varias calles y entraron a un bar. Ante los ruegos de la mujer por la suerte de sus dos hijos, que estaban bajo el cuidado de sus padres, la hizo llamar a su casa y advertirle a su familia que iba a demorarse. Después ingresaron a un motel donde permanecieron en resto de la noche.

En su testimonio, la víctima relató que Mesa Forero le advertía que era un "paraco" y un "sicópata". Con maldiciones se quejaba de las mujeres y la retaba a que avisara a la Policía. "Déjese o le pego un pepazo en la jeta", le decía continuamente y la obligó a tomar licor apuntándole siempre con el arma.

Solo hasta las 5 de la mañana del día siguiente la dejó salir y un Policía la encontró minutos después a pocas calles del lugar en de una crisis nerviosa. La mujer le relató los hechos al uniformado, quien alertó a la central. Cuarenta y cinco minutos más tarde Mesa fue capturado mientras dormía en la habitación.

El hombre fue condenado y un año y nueve meses después, el 24 de agosto del 2004, el Tribunal Superior de Cúcuta confirmó la sentencia.

Durante el proceso, el defensor de Mesa pidió Según solicitó que fuera evaluada la personalidad, el estado social y familiar, la vida anterior, las condiciones afectivas, las relaciones sociales, las enfermedades anteriores, tanto personales como familiares de su cliente.

"El acusado es un psicópata sexual, aquí y en Cafarnaún". Su comportamiento muestra que es inimputable, que no se trata de una persona normal, máxime que previamente había incurrido en un caso similar", reiteró el abogado en sus alegatos ante la Corte en los que pedía anular el proceso.

Una de las causales que esgrimió fue que el examen hecho por psiquiatra forense que entregó el dictamen solamente hizo un estudio de 30 minutos en presencia de los guardianes y con el paciente esposado.

Para la Corte, el dictamen de reconocimiento hecho por Medicina Legal si cumplió con los protocolos dispuestos por la ley en estos casos y se reafirmó en que Mesa Forero no poseía trastornos mentales o inmadurez psicológica que le impidiera comprender la naturaleza de sus actos.

Según Medicina Legal, hasta el momento no existen exámenes de laboratorio capaces de medir pensamientos, emociones, ideas, sentimientos como lo pidió el abogado defensor. Estos aspectos, agregaron en su informe, se valoran por el criterio clínico del psiquiatra.

Los magistrados también analizaron el comportamiento seguido por el condenado y encontraron que en forma conciente llevó a su víctima aun estado de pánico para controlar su voluntad. De esa forma se aseguró que no iba intentar huir o acudir a las autoridades después de liberarla.

Luego, después de su captura, se defendió sosteniendo que la mujer había consentido las relaciones sexuales con él, que no era la primera vez, pues era su amante y que ello había ocurrido con anterioridad en otras ocasiones, "(...) lo cual señala que tuvo la capacidad de comprender la ilicitud de su comportamiento", expresó la Corte en el fallo.

"...La actitud del procesado de no abandonar el cuarto de hotel donde cometió el delito, en contra de lo alegado por la defensa, es indicativa de la preparación conciente y voluntaria del hecho, pues, dueño de la situación, habiendo generado pánico en la víctima, tenía la convicción de que no sería denunciado, según sucede normalmente en situaciones de esta índole", agregaron los magistrados.

También reiteraron su postura de aceptar el concepto médico internacional, clasificado con el código F60-2, según el cual los rasgos de personalidad que presentó Mesa Forero no constituyen un trastorno mental grave o una inmadurez psicológica que altere sus capacidades.

Tenemos que estar frente a una perturbación psíquica y de personalidad mucho más profunda que lleven a una franca ruptura con la realidad, con características psicóticas o disociativas bien definidas y que determinen una desorganización severa en las funciones mentales superiores.


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